Y te pregunto ¿es obligatorio que me firmes el nuevo consentimiento de datos?

Esta puede ser la gran pregunta que se deberían haber realizado muchas empresas antes de empezar a implementar un protocolo para TOD@S sus clientes indiscriminadamente.

La verdad es que el RGPD recoge que debes de tener el consentimiento explicito para poder tratar los datos, pero yo os pregunto, si un cliente con el que mantengo diariamente relación comercial, aunque nos vemos físicamente 2 veces al año, ya que me hace todos los pedidos vía teléfono, ¿le voy a dejar de servir por no tener firmado su consentimiento?

La respuesta es clara, NO, seguiré trabajando con este cliente sin problema alguno, ya que anteriormente ya tenía su consentimiento y se puede demostrar la relación previa, y por supuesto, que el uso de sus datos se realiza por necesidad.

Con todo esto, podríamos discriminar un poco por sectores o servicios, si bien podría pasar que si mando correos con publicidad a 1000 clientes y no tengo recogida el nuevo consentimiento explicito de 250  ¿sería adecuado dejar de mandarles publicidad? Hombre, en este supuesto yo creo que sería adecuado dejar de enviar publicidad, pero si un cliente de estos 250 es el que llama siempre por teléfono, aplicaríamos la lógica del caso anterior.

Con todo esto, habréis visto que muchas páginas solo han informado del cambio de legislación y otras ha obligado a que firmes el consentimiento, son elecciones que dependiendo del abogado o consultor al que hayas acudido, o a la charla que te hayan impartido, has optado por una o por otra.

Pero, ¿os sigue llegando publicidad sin haber dado el consentimiento a pesar de que os lo han solicitado? Supongo que la gran mayoría responderá que si, la verdad es que a pesar de todo el ruido que se ha formado por el nuevo RGPD las empresas aún no tienen la sensibilidad o responsabilidad para aplicarla de forma estricta.

Eso si, si tenéis un cliente nuevo, no olvidéis que os firme el consentimiento.

Un saludo a tod@s

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